RECORRIDO DEL MUNDO HABITAT VISTO POR LA SOCIEDAD CIVIL

República Dominicana

#Mots-clés : Dernière mise à jour le 8 agosto 2017

HOJA DE ESTADO: Este registro está en curso y se basa en gran medida en el estudio “Alternativas Políticas de viviendas en América Latina y El Caribe” por la Alianza Internacional de Habitantes , 2013 – Situación del problema de la vivienda en la República Dominicana – páginas 76-83 .

Personas de contacto en las redes : Pedro Franco – COOPHABITAT

ELEMENTOS DE CONTEXTO

HISTORIA

DEMOGRAFÍA

SOCIO-ECONÓMICO

EL PROBLEMA DE LA DEUDA

En República Dominicana el total de la deuda pública es de US$8,327 millones (2008), equivalentes al 25.4% del PIB. Se trata principalmente de una deuda externa vis-à-vis los Estados, la Unión Europea y Venezuela. (1)

Pocos saben o recuerdan, pero es en la República Dominicana, en abril de 1984, tuvo lugar uno de los primeros levantamientos anti-Fondo Monetario Internacional (FMI). Dos años después de la firma de un acuerdo entre el gobierno y la institución financiera Blanco, las clases populares, a la degradación de la situación social se había rebelado. Suprimida una rebelión en la sangre. Más de un centenar de personas habían perdido la vida. (2)

Según Pedro Franco, “las organizaciones multilaterales y los distintos organismos e instituciones relacionadas con la aplicación de las políticas neo – liberales han sostenido durante muchos años el discurso de que la República Dominicana tenía una tasas de deuda , la estabilidad económica externa baja , (…) por lo que le no sólo la deuda externa , la eliminación de las barreras comerciales para dar el campo libre a los acuerdos de libre comercio y ( … ) la privatización de grandes empresas estatales patrimonio ( … ) recomienda” ( Alai , 29-01-04 ). Los sucesivos gobiernos han aplicado fielmente las recomendaciones de los donantes internacionales se hunden miles de dominicanos que viven en la pobreza. (2)

HABITAT

HISTORIA DE LAS CIUDADES – PATRIMONIO

VIVIENDA URBANA

VIVIENDA RURAL

Aspectos jurídicos

DERECHO A LA VIVIENDA

En enero de 2010 fue proclamada una nueva Constitución del Estado Dominicano.

  • En su artículo 51, la nueva carta magna reconoce de manera expresa la función social de la propiedad
  • El artículo 59 establece el Derecho a la Vivienda como fundamental.

No obstante a estos avances en el texto constitucional, se ha mantenido la tendencia a criminalizar a las familias que han edificado de manera pacífica sus viviendas en terrenos estatales o privados, sin gozar de un título. Incluso cuando el presidente Danilo Medina presentó una Estrategia Nacional de Titulación que buscaba llevar a cabo importantes reformas en el Código Inmobiliario, fue rápidamente enfrentado por el sector inmobiliario, de tal manera que el proyecto fue archivado.

DESALOJOS FORZOSOS

Se desprende de los estudios citados del PNUD y otras instituciones, que el hecho de que la mayoría de las familias hayan edificado sus viviendas sin contar con títulos de propiedad del suelo, lo explica que las mismas vivan bajo permanente amenaza de desalojos, y el porqué los desalojos son tan frecuentes en el país.

La República Dominicana ratificó en 1978 el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). También ha establecido constitucionalmente el derecho a la vivienda. No obstante, los desalojos forzosos han mantenido una tendencia creciente en virtud de la intervención del Estado Dominicano y la fuerza pública a favor de reclamantes privados, lo que ha llevado a los afectados quejarse ante organismos internacionales como el Comité del PIDESC. El Estado Dominicano no sólo interviene autorizando los desalojos, sino que deja a su suerte a las familias desalojadas, incumpliendo acuerdos y promesas.

Contradictoriamente, durante el 2013 la Cámara de Diputados de la República Dominicana aprobó en primera lectura la modificación del Código Penal (artículos 250-252) donde se criminaliza a las familias que vivan en terrenos ocupados, sin títulos, so pretexto de ser producto de “invasión y ocupación de propiedad”. con lo cual el Estado Dominicano estaría no solamente ratificando el incumplimiento de los acuerdos más arriba indicados, sino, ante todo renunciando a su obligación de garantizar el Derecho a la Vivienda Adecuada para todas las familias y actuando contrario al PIDESC y su propia constitución en su artículo 59. Aunque el Gobierno 2012-2016 ha creado una Comisión Nacional de Vivienda y otra para la titulación, rápidamente se ha podido vislumbrar que difícilmente las mismas alcancen sus objetivos. Primero, el Presidente dejó sin efecto su anunciada estrategia de titulación; en segundo lugar, las acciones de estas comisiones se limitan al ámbito estatal, es decir, son coherentes con la visión neoliberal de privatizar los bienes públicos, y no existen acciones que involucren los terrenos de propiedad privada, donde radica la mayoría de la población.

HERRAMIENTAS UTILES :

  • Base de datos de violaciones de los derecho a la vivienda y la tierra en cada pais (Housing and Land Network) : aceso a la base de datos
  • Campaña Cero Desalojos (International Alliance of Inhabitants) : Pagina web

DERECHO A LA TIERRA

ACAPARAMIENTO DE TIERRAS

Los desalojos forzosos son comunes y recurrentes en la República Dominicana. La mayoría de los desalojos son ejecutados sin juicio y sin consulta con las comunidades afectadas. El objetivo es hacer que la tierra disponible para la construcción de infraestructuras, zonas turísticas o complejos industriales. La ausencia de títulos y la seguridad de la tenencia, una situación que se estima que afecta a más del 50% de la población (75% en la provincia de Santo Domingo) es uno de los principales argumentos utilizados por las autoridades para justificar los desalojos forzosos.

La violencia policial y el uso excesivo de la fuerza durante los desalojos son comunes en la República Dominicana. Por ejemplo, 15 de octubre de 2011, más de 20 personas resultaron heridas y requiere tratamiento hospitalario durante la expulsión de Brisas del Este. Muchas otras personas han sufrido los efectos del gas lacrimógeno, entre ellos niños y mujeres embarazadas.

(Fuente: Amnesty International – 2013)

HERRAMIENTAS UTILES :

  • Conjunto de datos sobre acaparamiento de terras agricolas en el mundo (GRAIN) : Pagina web
  • The Online Public Database on Land Deals – Global Observatory : Land Matrix

GRUPOS VULNERABLES

  • Juventud
  • Anciano
  • Mujeres

PRÁCTICAS DE INTERÉS

COOPERATIVAS DE VIVIENDA : En República Dominicana, según el IV Censo Nacional Cooperativo, se ha pasado de tener 376 instituciones cooperativas en 1980 a 685 en 2012, que agrupan actualmente a 1,305,632 socios cooperativistas. Aunque la Ley 127 de Asociaciones Cooperativas y su reglamento dan un marco legal para la organización de cooperativas de vivienda, este tipo de asociaciones no ha sido estimulado en el país. El testimonio de Pedro Franco sobre COOPHABITAT en Republica Dominicana, por la promoción de la vivienda por ayuda mutua y autogestionaria. (1)

Aspectos sociales y económicos

MERCADO DE LA VIVIENDA

Para el censo Nacional de 2002, la República Dominicana tenia 2,445,313 viviendas, de las cuales casi 11% estaban desocupabas. 44% son precarias o defectuosas. 46% están en la zona urbana y 41% en la zona rural. Recoge también la existencia de 21,962 barracones y 138,330 piezas o cuarto en que viven los habitantes. Según el censo, 28% de los hogares pagaba alquiler y un 10,7% pagaban cuotas de viviendas adquiridas a crédito.

El censo de 2010 sitúa la cantitad de viviendas en un poco más de 3 millones unidades. Del total de viviendas, 74% son individuales ; 11% apartamentos ; 7% piezas o cuarterías, mientras casi 23,000 familias viven en barracones y casi 70,000 en sus negocios.

Según la Asociación de Constructores y Promotores de Vivienda (ACOPROVI) para el 2012 un 32.5% de la familias pagan alquiler.

El deficit habitacional se ha venido incrementado de manera alarmante con el tiempo : un estudio del año 2001 estimó que el deficit habitacional en República Dominicana supera las 600 mil unidades habitacionales, y que el país necessita unas 50 mil nuevas vivienda cada año ! Para 2009, el PNUD del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo situaba este déficit en 633 mil cuantitativo y 441 mil cualitativo. Para reducir el déficit habitacional 2011-2016 se requeriría una inversión anual entre 2.7 y 2.4% del PIB, y entre 12 y 14% del presupuesto nacional. La inversión estatal para ese año estuvo por debajo del 0.5%. Se requerirían 296 mil millones de pesos. Estima en un 50% la población que no tiene títulos de propiedad del suelo donde ha construido su vivienda, y entre 55-65% las familias que han construido las viviendas sin autorización. Según el informe del Instituto Nacional de la Vivienda, INVI, entre agosto de 2004 y marzo del 2010 el Estado construyó a través de esa institución 7 mil 541 unidades habitacionales, la mayoría para responder a situaciones de emergencia. El actual presidente de la República Danilo Mediana prometió construir 100 mil viviendas en el periodo 2012-2016.

CALIDAD DE LA VIVIENDA

Más de 500 mil viviendas no cumplen con requisitos de vivienda adecuada : no tienen cocina (el 75% en la zona urbana) o tienen cocina fuera de la casa (la mayoría rurales).

ASENTAMIENTOS INFORMALES / TUGURIOS / LOS SIN TECHOS

PRODUCCIÓN SOCIAL DEL HÁBITAT (1)

En la producción de vivienda, los sectores privado y público formales apenas llegan a representar un 25%. El sector privado formal aporta sólo un 5%, en promedio, de las soluciones, pero la mayoría de las familias no puede acceder a este sistema por motivos económicos. Por su parte, la producción social de la vivienda, llamada tradicionalmente sector informal, se estima representa más de un 75% del proceso de construcción de la vivienda. No obstante, el sector inmobiliario privado siempre ha contado con el apoyo del Estado, suerte que no han tenido las cooperativas e instituciones de la sociedad civil y comunitarias que promueven alternativas sin fines de lucro y en muchos casos desarrolladas de manera autogestionaria y con el aporte de mano de obra de las propias familias involucradas.

ROL DEL GOBIERNO

La legislación dominicana en materia de vivienda está regida por la Ley No 5892 que crea el Instituto Nacional de la Vivienda; la Ley No 1832 que instruye la Dirección General de Bienes Nacionales, y la Ley No 5574 que crea el Instituto Nacional de Auxilios y Vivienda.

Las responsabilidades institucionales sobre la política de vivienda del gobierno no están claramente definidas, pues no existe un organismo regulador con carácter jurídico institucional que coordine y regule el sector vivienda, dando lugar a la dispersión en las acciones. Legalmente, el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) es el ente responsable por la formulación y ejecución de políticas, pero en la práctica, organismos como el Banco Nacional de la Vivienda (BNV), el Instituto Nacional de Auxilios y Viviendas (INAVI), la Oficina Supervisora de Obras del Estado, Bienes Nacionales, la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado, Ayuntamientos y Liga Municipal Dominicana, el Instituto Agrario Dominicano, Plan Presidencial, así como el Gabinete Social y otras entidades públicas tienen responsabilidades en el sector, lo que limita la capacidad del país de administrar una política de vivienda consistente.

Algunas de estas entidades :

  • INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INVI) : es la entidad encargada de formular el plan general de viviendas, en sus aspectos rural y urbano; tiene a su cargo la ejecución de dicho plan, y dentro del marco de sus actividades se encuentra dar orientación, asesoramiento y ayuda técnica, en la magnitud que fuere necesaria, a toda persona o grupo de personas, principalmente a las constituidas en cooperativas (de hecho o de derecho) que así lo soliciten y dentro de las posibilidades económicas del Instituto. Por otro lado, es el responsable de promover el desarrollo de programas de viviendas urbanas y rurales mediante la colaboración de los futuros ocupantes de las viviendas, siguiendo los principios de esfuerzo propio y ayuda mutua. De igual modo es responsable de señalar al Poder Ejecutivo los casos en los cuales deberá proceder a expropiaciones por causa de utilidad pública, necesarias para la ejecución de los programas de viviendas, en conformidad con las leyes sobre expropiaciones.
  • DIRECCIÓN GENERAL DE BIENES NACIONALES : Esta ley establece que la Dirección General de Bienes Nacionales, además de llevar el catastro de los bienes del Estado, es la responsable de velar por la conservación de los bienes muebles e inmuebles. También es responsable de ejecutar la venta de los terrenos registrados a nombre del Estado dominicano bajo su administración. En el año 2001, el gobierno dio a conocer el decreto 93-02, por el cual ordenaba a la Administración General de Bienes Nacionales proceder a implementar en todo el país un “Plan Nacional de Titulación de las Tierras del Estado Dominicano”. Para este fin, se desarrolló una campaña nacional de promoción de ese plan, pero en la práctica no se ejecutó. Lo cierto es que Bienes Nacionales no tiene atribución legal para otorgar títulos, como tampoco las demás instituciones señaladas en el decreto en cuestión, pues solo el Tribunal Superior de Tierras tiene esta facultad, tal como lo establece la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario. Esta iniciativa del gobierno de ese momento se convirtió en una broma de mal gusto, que generó ilusiones en miles de personas de bajos recursos, que por su escaso conocimiento dieron crédito a un documento emitido sin base legal, cuyo único objetivo fue incrementar el clientelismo en la figura del Presidente de la República para su proyecto político. Pero programas como este se repiten una y otra vez, no dando solución al problema de la titulación de los terrenos de las personas que han levantado su vivienda y la han mejorado en el tiempo. Situación que intensifica el problema, en tanto no existe un reconocimiento de los derechos de propiedad adquiridos en el tiempo por prescripción, tal como lo establece el Código Civil Dominicano.
  • ROL DEL BANCO NACIONAL DE LA VIVIENDA (BNV) : En el marco del proceso de transformación del sector financiero en la República Dominicana, la Ley Monetaria y Financiera No.183-02 aprobada en el año 2002 cambia el rol del BNV, de regulador y supervisor a fomento multisectorial y de segundo piso. Esto quiere decir que el banco se convierte en una entidad financiera dedicada a la facilitación de recursos para los sectores productivos del sector vivienda, a la promoción de un mercado secundario de hipotecas y la promoción de los mercados financieros y de capitales. El espíritu original con que se funda esta entidad -regular y supervisar las asociaciones de ahorros y préstamos, para que personas de bajos ingresos pudieran acceder al mercado hipotecario para financiar sus viviendas- desaparece para dedicarse al financiamiento de los grandes capitales del sector productivo inmobiliario, lo que se evidencia en el incremento de los activos del BNV mediante la transferencia de terrenos, edificaciones y recursos líquidos para desarrollo de programas de vivienda en zonas urbanas. Viviendas a las que no puede acceder la mayoría de la población, por los altos costos de las mismas, de manera que el Gobierno continúa, a través de sus instituciones, financiando a los sectores de poder, obviando su responsabilidad de desarrollar políticas que beneficien a la mayoría del pueblo dominicano, que son los de menos recursos.

Aspectos Culturales – Religiosos – simbólicos

Aspectos Ecológicos

Bibliografía y sitio web

  1. Alianza Internacional de Habitantes, «Políticas alternativas de vivienda en América latina y el Caribe», 2013 coord Paul Maquet Makedonski.
  2. CADTM – Comité para la Anulación de la deuda del Tercer Mundo, “République dominicaine : l’ajustement au bout du fusil”, articulo de Frédéric Lévêque.

PRINCIPALES PROBLEMAS DE LA SOCIEDAD CIVIL

MAYOR REVENDICACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL

ALGUNOS MOVIMIENTOS SOCIALES

  • RED URBANO POPULAR :
  • COOPHABITA :
  • COPADEBA :
  • MCCU :
  • CODECOC :